Unión Europea y México modernizan su acuerdo comercial
Nuevas oportunidades para las empresas y cambios en los procedimientos aduaneros.
La Unión Europea y México han firmado en mayo de 2026 el Acuerdo Global Modernizado y el Acuerdo Comercial Interino, con el objetivo de reforzar sus relaciones comerciales, facilitar el acceso a los mercados y generar nuevas oportunidades para las empresas de ambas partes.
A fecha de hoy, 30 de septiembre de 2026, el Acuerdo Comercial Interino UE-México todavía no ha entrado en vigor.
El Consejo de la UE completó el procedimiento europeo de aprobación el 14 de julio de 2026, pero todavía está pendiente la finalización del procedimiento interno de ratificación por parte de México.
Según la Comisión Europea y el Consejo, el acuerdo entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente a aquel en que la UE y México se notifiquen mutuamente que han completado sus respectivos procedimientos internos.
El nuevo marco comercial contempla importantes avances en la eliminación de barreras arancelarias, la protección de las indicaciones geográficas, el acceso a la contratación pública, el comercio digital y la seguridad de las cadenas de suministro.
Entre las principales novedades destacan:
🔹 Reducción de barreras comerciales: el acuerdo prevé eliminar el 95 % de los aranceles mexicanos elevados, facilitando el acceso de los productos europeos al mercado mexicano.
🔹 Protección de las indicaciones geográficas: se protegerán 568 indicaciones geográficas europeas, reforzando la protección de productos agroalimentarios y bebidas frente a imitaciones.
🔹 Nuevas oportunidades empresariales: se facilitará la participación de empresas europeas en licitaciones públicas mexicanas, así como la prestación de servicios y las inversiones.
🔹 Materias primas estratégicas: se mejorarán las condiciones de acceso y se eliminarán determinadas restricciones a la exportación, favoreciendo la seguridad de suministro.
🔹 Comercio sostenible: se incorporan compromisos jurídicamente vinculantes en materia de protección medioambiental, derechos laborales y desarrollo sostenible.
UN CAMBIO RELEVANTE PARA ADUANAS: DESAPARECE EL EUR.1 COMO PRUEBA DE ORIGEN
Una de las novedades de mayor interés para exportadores, importadores y representantes aduaneros es la modificación del sistema de acreditación del origen preferencial.
El nuevo acuerdo elimina el certificado de circulación EUR.1 y establece un sistema basado en la declaración de origen emitida por el exportador, que deberá figurar en la factura o en otro documento comercial que permita identificar suficientemente las mercancías.
Hasta la entrada en vigor, seguirá aplicándose el acuerdo comercial vigente entre la UE y México, incluido el sistema actual de acreditación del origen preferencial mediante EUR.1 o declaración de origen, según corresponda.
¿Cómo se acreditará el origen en cada sentido?
🇪🇺 Exportaciones de la Unión Europea a México
Los exportadores europeos utilizarán el sistema REX (Registered Exporter System). Los exportadores registrados deberán incluir su número REX en la declaración de origen.
Para los envíos de productos originarios cuyo valor total no supere los 6.000 euros, cualquier exportador podrá emitir la declaración sin necesidad de estar registrado.
🇲🇽 Exportaciones de México a la Unión Europea
En sentido inverso, los exportadores mexicanos deberán estar registrados como exportadores autorizados por la autoridad gubernamental competente de México, que les asignará un número de registro que deberá figurar en la declaración de origen.
Al igual que en las exportaciones europeas, para los envíos cuyo valor total de productos originarios no supere los 6.000 euros, cualquier exportador podrá emitir la declaración sin necesidad de registro.
En ambos casos, el exportador deberá conservar la documentación necesaria para justificar el carácter originario de las mercancías y estar preparado para aportarla ante posibles controles aduaneros.
Este cambio supone una transición desde el certificado EUR.1, expedido por las autoridades aduaneras, hacia un modelo de autocertificación, en el que el exportador asume directamente la responsabilidad sobre la declaración del origen preferencial.
¿Qué deben tener en cuenta las empresas?
La desaparición del EUR.1 no elimina la obligación de cumplir las reglas de origen del acuerdo. Será necesario revisar los procedimientos internos, verificar los registros de los exportadores cuando sean exigibles y garantizar la trazabilidad documental que permita justificar el origen declarado.
La entrada en vigor del nuevo sistema estará vinculada a la aplicación efectiva del Acuerdo Comercial Interino, una vez completados los procedimientos internos de ambas partes. Hasta entonces, seguirá aplicándose el régimen de origen vigente.
La modernización del acuerdo UE-México representa, por tanto, un cambio importante tanto en las oportunidades comerciales como en la operativa aduanera, especialmente en los procedimientos de certificación y justificación del origen preferencial.